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lunes, 28 de julio de 2014

A PARTIR DEL 29 DE JULIO, MÁS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO




CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO (28/jul/2014) 
Quienes quieran contraer matrimonio en el Distrito Federal deberán reunir dos nuevos requisitos: obtener del Registro Civil un certificado para hacer constar que los interesados no son deudores alimentarios, y tomar un curso prenupcial impartido por el gobierno capitalino.

De acuerdo con una reforma al Código Civil de la Ciudad de México, publicada este lunes en la Gaceta oficial capitalina, además de la solicitud para contraer matrimonio, deberá tramitarse –en el mismo Registro Civil- un documento que muestre que no se es deudor alimentario.

Así mismo, de manera opcional, “se incorpora a la ceremonia de matrimonio civil, la lectura de votos matrimoniales elaborados por las partes, con la asesoría y apoyo del personal del registro Civil”.

Por otro lado, esta reforma, que entra en vigor el martes 29 de julio, también modifica seis artículos del Código Civil para el Distrito Federal que norman el Registro de Deudores Alimentarios, destacándose la forma en la que se puede cancelar la inscripción a ese listado, en caso de haber demostrado en juicio que se cumple con la obligación de otorgar alimentos.

Cabe aclarar que en la Ciudad de México, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se integra por los nombres que el juez de lo familiar ordena anotar en dicha relación, cuando las personas han incumplido con esta obligación por un periodo de noventa días.

Para llevar a cabo estos cambios el jefe de gobierno del Distrito Federal cuenta con un plazo de 90 días para modificar el Reglamento del Registro Civil capitalino.




Fuente: http://www.idconline.com.mx/fiscal/2014/07/28/mas-requisitos-para-contraer-matrimonio-en-el-df

martes, 22 de julio de 2014

REGISTRAN A RECIÉN NACIDO CON EL NOMBRE "NOE RAPENAL"



VERACRUZ, MÉXICO (22/jul/2014) 
No iba a pasar mucho tiempo antes de que algún aficionado traumado por la eliminación de México en el Mundial de Brasil decida ponerle a su hijo recién nacido un nombre extraño y fue precisamente en Veracruz donde nació el primer “Noé Rapenal”.

Noé viene de una familia de clase media de la localidad de doctor montes de oca (san isidro) situado en el municipio de Temapache, Veracruz, donde su padre Pablo Trejo vivió con intensa emoción el último partido del Tri según comenta ante la prensa, y pensó que la única manera de librarse de ese demonio en su mente era poniéndole ese nombre a su bebé.

“No es que me pasé de lanza registrándolo tal cual como “No era penal”, le dejé un nombre bonito como Noé que viene de una inspiración bíblica y le puse de segundo nombre Rapenal que significa algo hermoso en otro idioma”, declaró Pablo quien admite que su hijo podrá reclamarle esto en unos años.

“Ya sé que puede sufrir bullying en las escuela pero cuando él tenga hijos él puede decidir cómo ponerles, en esta ocasión yo soy el padre y yo decido”.

Algunos aseguran que Pablo sí intentó ponerle “No era penal” pero la nueva ley que prohíbe nombres “raros” como Robocop no se lo permitió.

Pablo confesó que todas las noches despierta gritando “¡No era penal” y que así al menos cuando regañe a su hijo o lo llame para algo, podrá sacar ese terrible sentimiento de impotencia.

“Sé que de grande Noé será un gran jugador y vengará ante Holanda el penal mal marcado”, concluyó Pablo.




Fuente: noticiaseldiario.com

miércoles, 11 de junio de 2014

AHORA LOS PADRES PODRÁN ELEGIR EL ORDEN DE LOS APELLIDOS DE SUS HIJOS EN MÉXICO, D.F.



CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO (11/jun/2014) 
La Asamblea Legislativa modificó la ley para que un menor pueda tener el apellido de su madre primero, o los de las parejas del mismo sexo

Los padres que viven en el Distrito Federal tendrán el derecho de elegir el orden de los apellidos de sus hijos, según una nueva ley aprobada en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) que elimina la tradición “paternalista” en el Registro Civil.

Al momento de registrar a un menor, los padres podrán acordar que su hijo lleve el primer apellido de la madre después del nombre, lo cual no estaba permitido hasta ahora. Las madres o padres solteros también podrán heredar sus apellidos

“Dicho acuerdo regirá para los demás hijos del mismo vínculo”, indicó la ALDF en un comunicado, por lo que el resto de los hijos deberán tener el mismo orden de apellidos, de acuerdo con las modificaciones al artículo 85 del Código Civil.

Cuando no haya acuerdo de los padres, se aplicará el régimen tradicional del apellido del padre seguido por el de la madre.

Debido a que la ley también se aplica a las adopciones, las parejas del mismo sexo tendrán el mismo derecho a elegir el orden de los apellidos de sus hijos. Pero los asambleístas determinaron además que en estos casos no habrá un apellido paterno en el caso de las parejas de mujeres que adopten, ni en el caso de las parejas de hombres.

El diputado Antonio Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, expuso que la modificación a la ley ofrece “toda libertad” a los padres y “otorga certeza jurídica a las madres y padres solteros, así como a las familias homoparentales”.

Además, el diputado Oscar Moguel Ballado dijo que “con esta reforma se termina un régimen paternalista y deja la decisión de las parejas, en una manifestación libre para decir cuál será el orden de los apellidos” de los hijos.

Las actas de nacimiento registradas en el Distrito Federal tienen validez en todo el país, aún con los cambios en el método de registro de apellidos.



Fuente: http://mexico.cnn.com/nacional/2014/06/11/los-padres-podran-elegir-el-orden-de-los-apellidos-de-sus-hijos-en-el-df